Aportes en torno de un nuevo plexo legal para la Universidad

Dora Barrancos

Repetimos a coro que es necesario realizar cambios en la Ley Universitaria vigente, y seguramente es una mayoría la que ya reclama esa circunstancia. Tarea difícil que exige la participación del conjunto de la comunidad universitaria, más allá de la experticie que debe ponerse en juego para el diseño apropiado del proyecto. Es probable que finalmente se obtenga ese preciado bien, un plexo que contenga lo más progresivo y lo más desafiante en términos de democratización del gobierno y la gestión de las casas de altos estudios, apegado inexorablemente al principio secular de la autonomía. Pero la nueva norma debe exhibir cuestiones fundamentales como la renovación obligatoria de los planes de estudios en tiempos determinados, la gratuidad del sistema de pos graduación, la incorporación de mecanismos de evaluación integrales del desempeño docente, la imposibilidad de reelecciones en cargos de gestión más allá de cierto número de ciclos, la representación paritaria sexo-genérica en los órganos de gobierno y en los cuadros docentes, la obligación de establecer protocolos contra la violencia de género y un sistema de observación y seguimiento para evitarla. En fin, estos enunciados constituyen apenas un pinzamiento de cuestiones que, desde luego, son motivos de preocupación de quien suscribe. Me detendré en algunos de esos asuntos.

Preocupa la larga estabilidad que tienen los programas de estudio. Desde luego no me escapa que hay disimilitudes entre las carreras de una misma Facultad o Escuela, pero se constata el dominio de una suerte de “arbitrariedad temporal” toda vez que los criterios acerca de la vigencia de los programas son aleatorios, o no se cumplen o simplemente no existen. El sistema tiende a proteger la estabilidad de quienes han alcanzado la titularidad, y es una medida fundamental porque está basada en derechos que no pueden vulnerarse a menos que se interpongan severas inconductas que deben ser debidamente analizadas, y eventualmente sancionadas. Pero la estabilidad de quienes están al frente de cátedras no puede confundirse con la larga prolongación del programa que está a su cargo. Conozco experiencias de enseñanza/aprendizaje en nuestra vida universitaria que tienen anclaje en programas que datan de la década 1980…Creo que faltan investigaciones acerca  de la “longue durée” -parafraseando a la Escuela de los Anales francesa– de los programas en vigencia en el sistema universitario. Preocupa en cualquier caso la sedimentación estancada, cierta esclerosis bibliográfica que sólo puede espejar la incuria facilitada por la falta de exigencia de actualización tópica y la consiguiente bibliográfica. Asistimos a una producción del conocimiento que se asemeja a una vorágine, y por supuesto no se trata sólo de la miríada de aportes internacionales relevantes, sino de la fecunda contribución que se produce en nuestro país en todas las áreas del conocimiento. La calidad de los trabajos científicos se ha incrementado notablemente aunque no faltan las voces discrepantes, sobre todo algunas que se expresaron en el ciclo 2016-2019, cuando casi se detuvo la dotación de recursos financieros para el sector científico y tecnológico y hasta se eliminó el Ministerio “ad hoc” volviéndolo al viejo status de Secretaría. Hubo entonces una discusión acerca de los lugares de publicación de los papers elaborados en nuestro país, y aunque no dudo de que sus características son un indicador importante, el perfil del medio donde se publica no debe ser el único factor de evaluación. Hace tiempo que en el mundo se discuten los sesgos y las arbitrariedades que constituyen los reservorios bibliográficos determinantes de las asignaciones de valor, que se traducen como “factor de impacto”.1 Fuera de esas diatribas, resulta incontestable el aumento de la producción y de la calidad debida en buena parte al desarrollo de los ciclos de posgrado y a la elaboración de tesis doctorales. Sin embargo, arriesgo la hipótesis de la escasa captación de esa enorme cantera renovadora de conocimientos en los planes de estudios de nuestras universidades. Poseo mayor referencia de lo que ocurre en las instituciones académicas formadoras en el área de las disciplinas sociales y las humanidades, y sorprende la escasa disposición para incorporar los nuevos problemas y los nuevos puntos de vista en los programas de las materias de esa formación. ¿Por qué no exigir por ley su renovación obligatoria? ¿En nombre de qué autonomía debería haber oposición a una medida tan esencial como esta, que se basa en el derecho también fundamental de adquirir conocimiento actualizado? En fin, debe haber acuerdos para el tiempo de vigencia de los programas y su renovación. Retomaré más adelante el significado que alcanza la transversalización de los tópicos y problemas relacionados con la perspectiva de género en la malla curricular de todas las disciplinas.

También es un imperativo democrático la renovación de las autoridades universitarias y de los cuadros de gestión. Seguramente este es un punto más álgido porque se dirá que es absoluta competencia de las casas de altos estudios, bajo la égida de la autonomía, disponer como se quiera respecto de la temporalidad de las funciones rectoriales y los correspondientes cargos subalternos de conducción. En buena cantidad de casos ni siquiera se necesita del instituto de la asamblea para modificar los términos estatutarios relacionados con la reelección de quienes ejercen el rectorado. Pero sería deseable acuerdos relacionados con la rotación, y deberían esperarse orientaciones definitorias en la próxima ley universitaria. Aunque no basta con la periodización del ejercicio de las funciones de gobierno, puesto que es absolutamente imprescindible la paridad representacional en todos los órganos. Si la fuerza ejercida por alumnas, profesoras y administrativas ha tenido algunos efectos en algunas de nuestras universidades, y se han manifestado cambios con admisibilidad de cuotas de género, es impostergable la exigencia normativa para que ocurra la participación igualitaria en todas las funciones de mando y en los órganos de deliberación. De la misma manera que deben procurarse los mecanismos que tornen paritaria la obtención de los cargos en la docencia, lo que no significa desmedro de los méritos académicos, sino formas regulatorias para garantizar la equidad tal como surge de la experiencia de algunos países. La Ley que esperamos debe ser explícita en estas formulaciones.

Me detendré especialmente en la anuencia inexcusable, a esta altura de la consagración de derechos de las mujeres y las identidades disidentes, que debe exhibir la estructura curricular del sistema universitario. Debe quedar atrás la incorporación tangencial de la perspectiva de género para ubicarla en todos los contenidos disciplinares. Desde la década de 1990 los estudios feministas ingresaron, aunque tímidamente, a nuestras universidades bajo diversos rótulos, y de modo creciente se expandieron como estudios de género concernientes a núcleos ad hoc, a menudo periféricos y con limitadas posibilidades de ejercer influencia decisiva para la transformar los puntos de vista de la “ciencia al uso” trajinada en las aulas. Pero en los últimos años y gracias a la visibilidad obtenida por las luchas feministas, a la exigencia de reconocimiento, a los derechos conquistados no sólo por las mujeres sino por las diversidades socio-sexuales, al enorme empeño por la producción original de conocimiento, se asiste a una inundación de contenidos que no pueden soslayarse. No obstante, todavía no se ha logrado una decisiva incorporación de los tópicos que constituyen la oferta de la formación de grado, pues persiste el hecho de que la propuesta programática innovadora ocurra en el ciclo de posgraduación, donde se han multiplicado las especializaciones y las maestrías correspondientes de modo diverso a la perspectiva de género. Hay al menos dos doctorados en las Universidades públicas, y toda esta propuesta da cuenta de la vorágine de las transformaciones aunque, insisto, esa ola no ha significado una intersección regular en los planes de estudio. Estoy segura de que ha habido un reavivamiento a propósito de la capacitación obligatoria demandada por la Ley Micaela, que se han podido conmover los blindajes más resistentes y que en todas las experiencias formativas que suscita –y que deben continuar sin solución de continuidad-, se provocan desmoronamientos en la ciudadela patriarcal. Pero falta mucho para que todos esos trastocamientos se conviertan en cambios curriculares. Hay que obtener una Ley que asegure la observación de los derechos humanos plegada a las garantías constitucionales y a las normas legales ganadas en nuestro país en materia de ciudadanía completa para las mujeres, las personas trans y todas las identidades sexo genéricas. La perspectiva de género no es un añadido, una línea adicional a un programa, un remiendo para consentir con lo políticamente correcto. Cada reestructuración programática debe reflexionar en cómo articular de modo vertebral esa perspectiva y, aunque signifique un desafío arduo, hay que empeñarse en obtener fórmulas reveladoras de erradicación de las ópticas patriarcales.

Finalmente, una nueva Ley debe plantear de modo claro y preciso la obligación que tiene el sistema universitario para cumplir con el compromiso de extinguir las diversas formas de violencias de género. Debe basarse en la experiencia que ya lleva algunos años, y que tuvo como protagonista central a la Red contra las Violencias -surgida en septiembre de 2015– gracias al empeño de mujeres de todos los claustros y ámbitos de desempeño administrativo. Tal fue el germen de lo que más tarde resultara consagrado por el CIN como RUGE –Red Interuniversitaria por la Igualdad de Género y contras las Violencias-, que lleva adelante una tarea singular de investigación, formación y orientación en materia de dispositivos para cumplir con sus objetivos, entre los cuales apuntalar los protocolos de actuación, ampliarlos y extenderlos a todas las comunidades universitarias. Debe pensarse en que esta iniciativa pionera en América Latina tiene un significado trascendental, y debería plasmarse en el corpus de la Ley que deseamos para regir la vida de nuestro sistema universitario. 

Estas son algunas ideas que deberían ser absorbidas por las iniciativas que se plantean una nueva Ley universitaria en nuestro suelo. He escogido apenas un pequeño manojo de problemas, pero estoy convencida de que se trata de cuestiones de enorme proyección para la renovación y la democratización de la vida universitaria.

NOTAS

1 Ver espacialmente las discusiones del núcleo de San Francisco, Declaration of Research Assesment (DORA)http://am.ascb.org/dora