{"id":2544,"date":"2021-10-18T00:23:41","date_gmt":"2021-10-18T00:23:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/?p=2544"},"modified":"2021-11-25T13:13:59","modified_gmt":"2021-11-25T13:13:59","slug":"fundamentos-democraticos-de-la-educacion-superior","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/2021\/10\/18\/fundamentos-democraticos-de-la-educacion-superior\/","title":{"rendered":"Fundamentos democr\u00e1ticos de la educaci\u00f3n superior"},"content":{"rendered":"\n<script>animacionTop=0;animacionH=772;animacionW=1280;<\/script><figure class=\"ilustracion-header\"><img decoding=\"async\" src=\"\/wp-content\/animaciones\/LeoSolaas-20\/a-sense-of-attraction-14_32204817212_o.jpg\" style=\"width:100vw; margin-top: 0vh; position: relative;\"><\/figure><div class=\"ilustracion-header-footer-text\" style=\"margin-bottom:20px\"><a href=\"#\" id=\"botDespliegue\">(haz click aqui para desplegar la imagen)<\/a><\/div>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p><strong><em>Adriana Puiggr\u00f3s<\/em><\/strong><\/p><cite>Asesora presidencial\/Universidad de Buenos Aires&nbsp;\/Universidad Pedag\u00f3gica Nacional<br><br><br><br><br><br><br><\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>En una r\u00e1pida mirada de la historia de la educaci\u00f3n superior argentina sobresalen los siguientes hechos:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>La disociaci\u00f3n entre las instituciones no universitarias y las universidades, sellada en la segunda mitad del siglo XIX: las escuelas normales y las t\u00e9cnicas fueron concebidas como circuitos terminales para mujeres, las primeras y para hombres de sectores medios y populares, las segundas.&nbsp;<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Los cambios pol\u00edticos, pedag\u00f3gicos y administrativos, producidos por el Movimiento Reformista de 1918, cuyas banderas democr\u00e1ticas elevaron a las universidades argentinas a la vanguardia de los modelos universitarios del mundo. (No obstante, la existencia de un universo distinto en el cual se formaban docentes y t\u00e9cnicos fue sobreentendida como ajena a las preocupaciones de democratizaci\u00f3n, as\u00ed como al concepto de educaci\u00f3n superior. La universidad segu\u00eda siendo el pa\u00eds de los doctores).<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>La supresi\u00f3n del arancelamiento establecida por el gobierno peronista en 1949.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>La intervenci\u00f3n y represi\u00f3n ejecutada por la Dictadura militar\/empresarial\/clerical entre 1966 y 1973 y la fundaci\u00f3n de las primeras universidades de mediana escala.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>La reforma nacional popular comenzada por la izquierda peronista en 1973-74.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>La intervenci\u00f3n y represi\u00f3n f\u00edsica, cultural e intelectual llevada a cabo por la Dictadura militar\/empresarial\/clerical entre 1974 y 1983.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>La inscripci\u00f3n de la autonom\u00eda y autarqu\u00eda universitarias en el art. 74, inc.19 de la Constituci\u00f3n Nacional, en 1994.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>La reforma realizada por el gobierno de Carlos Sa\u00fal Menem: aprobaci\u00f3n de la primera Ley de Educaci\u00f3n Superior (1995) que integr\u00f3 todas las instituciones (universitarias y superior no universitarias) y fundaci\u00f3n de universidades de mediana escala, a la vez que dio apertura al arancelamiento, a la tercerizaci\u00f3n de funciones y p\u00e9rdida de soberan\u00eda nacional, en el nivel. La inscripci\u00f3n del neoliberalismo en la cultura universitaria, tanto en la gesti\u00f3n de las instituciones como en la comunidad de docentes y cient\u00edficos.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Las pol\u00edticas nacionales, populares y democr\u00e1ticas que, durante los gobiernos de N\u00e9stor Kirchner y Cristina Fern\u00e1ndez de Kirchner (2003-2015), actuaron sobre el conjunto del sistema de educaci\u00f3n, que abordar\u00e9 en el siguiente p\u00e1rrafo.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p><strong>Una nueva versi\u00f3n de la universidad nacional y popular<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Durante los doce a\u00f1os de gobierno del Frente para la Victoria, coalici\u00f3n encabezada por el peronismo (2003-2015), nuestras universidades fueron puestas de pie mediante una in\u00e9dita inversi\u00f3n en salarios, edificios, laboratorios, becas y repatriaci\u00f3n de cient\u00edficos.&nbsp; En 2004, el gobierno nacional y el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) firmaron un convenio por el cual las universidades p\u00fablicas adquirieron el car\u00e1cter de proveedoras privilegiadas del Estado. En 2005, Argentina y Brasil firmaron un acuerdo comprometi\u00e9ndose a excluir a la educaci\u00f3n de los tratados de libre comercio. La nueva Ley de Educaci\u00f3n Nacional (No. 26206) sancionada en 2006, otorg\u00f3 a la educaci\u00f3n universitaria, como al conjunto de la educaci\u00f3n, el car\u00e1cter de bien p\u00fablico y derecho social garantizado por el Estado. La educaci\u00f3n universitaria p\u00fablica qued\u00f3 comprendida tambi\u00e9n en el art\u00edculo 10\u00ba que establece que el Estado nacional no podr\u00e1 suscribir tratados bi o multilaterales de libre comercio que consideren a la educaci\u00f3n un bien lucrativo o estimulen cualquier forma de su mercantilizaci\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Durante el gobierno kirchnerista se crearon diecisiete universidades situadas en zonas carentes de educaci\u00f3n universitaria p\u00fablica y en localidades con densa poblaci\u00f3n popular, especialmente en el conurbano bonaerense. As\u00ed se produjo un cambio que anunciaba proyectarse como profundo en la estructura de todo el sistema universitario nacional. Varias de las nuevas casas de altos estudios debieron responder a una enorme demanda de j\u00f3venes que eran los primeros miembros de sus familias que hab\u00edan terminado la ense\u00f1anza media. El funcionamiento de la mayor parte de ellas contradijo uno de los principios educativos del neoliberalismo: que cantidad y calidad son incompatibles. La mayor parte de las nuevas universidades lograron en escaso tiempo loables avances en investigaci\u00f3n b\u00e1sica, desarrollos tecnol\u00f3gicos e innovaci\u00f3n productiva.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;La reforma kirchnerista abri\u00f3 un abanico de posibilidades a demandas que estaban contenidas sin encontrar cauce desde a\u00f1os atr\u00e1s. Recalco que el elemento m\u00e1s fuerte fue la apertura de posibilidades reales de concurrencia, como nunca antes existieron, de los sectores pobres y medios. Tambi\u00e9n debe observarse el posible impacto de estas nuevas opciones en contener la probable tasa de crecimiento de las grandes universidades tradicionales, como las de Buenos Aires y La Plata. Las nuevas casas de altos estudios (en general) fueron dise\u00f1adas teniendo en cuenta las vacancias profesionales y las caracter\u00edsticas del sistema productivo y el empleo, aunque varias de ellas luego sumaron carreras tradicionales.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Durante el segundo gobierno de CFK era indispensable afianzar y profundizar la l\u00ednea pol\u00edtico educativa mientras se jugaba una carrera con las corporaciones que avanzan sobre nuestra educaci\u00f3n. Para ello urg\u00eda tratar la nueva Ley de Educaci\u00f3n Superior, garantizar legalmente el financiamiento del conjunto de las universidades p\u00fablicas, en particular de las nuevas que estaban en proceso de crecimiento, y de los organismos de Ciencia y T\u00e9cnica y dar un salto cualitativo en los acuerdos del Mercosur y la UNASUR al respecto. El 1\u00ba de marzo de 2008, en su discurso de apertura de a\u00f1o parlamentario, CFK pidi\u00f3 a los diputados que en el curso de ese a\u00f1o aprobaran una nueva ley de educaci\u00f3n superior. Desde la Comisi\u00f3n de Educaci\u00f3n de la C\u00e1mara de Diputados de la Naci\u00f3n, se realiz\u00f3 la m\u00e1s amplia consulta a la comunidad de educaci\u00f3n superior nacional, a los sindicatos docentes y a numerosos sectores de la sociedad. Como resultado presentamos un proyecto que derogaba la ley menemista de 1995, a\u00fan vigente, y recuperaba los principios soberanos y democr\u00e1ticos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, inadecuadas (e interesadas) definiciones de la autonom\u00eda y la autarqu\u00eda; lazos que hab\u00edan sido creados por algunas universidades con corporaciones para subsistir desde el menemismo y el fracaso de la Alianza; penetraci\u00f3n en importantes cargos del sistema universitario de personas vinculadas a las empresas con intereses en ese campo, combinaron una negativa postura durante el gobierno kirchnerista. La debilidad del movimiento estudiantil y docente se hizo notar como ausencia del indispensable sujeto de la demanda de la nueva Ley.<\/p>\n\n\n\n<p>Dado que no hubo condiciones para el tratamiento de una nueva norma, y ante el evidente avance de la privatizaci\u00f3n (de y en) las universidades, presentamos un proyecto de modificaci\u00f3n de la Ley No. 24521, vigente. La ley modificatoria fue aprobada por el Congreso de la Naci\u00f3n y sancionada por el PEN el 15 de noviembre de 2015 (Ley No. 27204, 2015).<\/p>\n\n\n\n<p>Entre sus principales contenidos, se establec\u00eda el papel principal del Estado, la gratuidad de la educaci\u00f3n superior, el ingreso irrestricto y la obligaci\u00f3n de rendimiento del conjunto de fondos provenientes de diversas fuentes por parte de las universidades. En cuanto a la cuesti\u00f3n de la soberan\u00eda se incorpor\u00f3 como art. 2\u00ba bis de la ley 24.521 el siguiente:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-text-align-left\"><em>&#8220;Art. 2\u00ba bis.- (\u2026) Proh\u00edbese a las Instituciones de la Educaci\u00f3n Superior de gesti\u00f3n estatal suscribir acuerdos o convenios con otros Estados, instituciones u organismos nacionales e internacionales p\u00fablicos o privados, que impliquen ofertar educaci\u00f3n como un servicio lucrativo o que alienten formas de mercantilizaci\u00f3n.&#8221; <\/em>(Ley 27204, 2015).<\/p>\n\n\n\n<p>Pocos d\u00edas despu\u00e9s, los rectores de las universidades nacionales de La Matanza, San Mart\u00edn y R\u00edo Negro, se presentaron a la Justicia solicitando que se suspendieran todos o algunos art\u00edculos de la Ley. Aduc\u00edan que vulneraban el principio de autonom\u00eda y autarqu\u00eda constitucionales. La discusi\u00f3n de 1994 estaba otra vez presente. El neoliberalismo hab\u00eda hecho mella. Dada la intervenci\u00f3n en contrario del representante del Ministerio P\u00fablico Fiscal a los amparos solicitados, el tema se encuentra en la actualidad en instancias judiciales.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>Un bien p\u00fablico y social; un derecho universal<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>La ley modificatoria aprobada en 2015 tuvo como principio que \u201cla Educaci\u00f3n Superior es un bien p\u00fablico social, un derecho humano y universal y un deber del Estado\u201d, tal como se estableci\u00f3 en la Conferencia Regional de Educaci\u00f3n Superior de Am\u00e9rica Latina y el Caribe (CRES), celebrada del 4 al 6 de junio de 2008. Esa hist\u00f3rica reuni\u00f3n, celebrada en Cartagena de Indias, Colombia, destac\u00f3 que el derecho universal deber\u00eda ser fundamento de la educaci\u00f3n superior, recalcando el papel estrat\u00e9gico de esta \u00faltima en el desarrollo sustentable de la regi\u00f3n.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;Ahora bien. El avance y estabilizaci\u00f3n de la educaci\u00f3n superior con aquel marco te\u00f3rico-pol\u00edtico tiene como condici\u00f3n sostener seis principios, que incluyen a las banderas reformistas tradicionales, pero no se agotan en ellas. Son la autonom\u00eda responsable, la libertad de c\u00e1tedra, el cogobierno, la gratuidad, el ingreso directo al terminar el secundario y el compromiso con la soberan\u00eda nacional. Se trata de instrumentos indispensables para que existan reales condiciones de hacer efectivo el derecho universal a la educaci\u00f3n superior. Pero que, adem\u00e1s, son sustento de derechos incorporados al criterio de universalidad y que, a la vez, deben inscribirse como contenidos transversales a lo largo de todo el proceso de ense\u00f1anza-aprendizaje formal, no solamente a la educaci\u00f3n superior. Me refiero a los enfoques en los derechos humanos, el medio ambiente y el g\u00e9nero, entre otros, que pierden sentido y posibilidades de ser ampliamente abordados si la educaci\u00f3n superior sufre restricciones legales o pr\u00e1cticas, referidas a los grupos sociales que acceden, mediante criterios meritocr\u00e1ticos, con imposiciones econ\u00f3micas u otros obst\u00e1culos. O bien si se la subordina a intereses particulares, empresariales o corporativos (externos o internos), o a imposiciones ajenas al inter\u00e9s nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>Sostener la educaci\u00f3n superior en un marco \u00e9tico-pol\u00edtico-pedag\u00f3gico democr\u00e1tico, requiere de acuerdos de su comunidad, junto a compromisos b\u00e1sicos de grandes mayor\u00edas sociales. La sociedad proyecta su futuro incluyendo de una u otra manera la formaci\u00f3n de sus profesionales, t\u00e9cnicos, investigadores, docentes, as\u00ed como los aportes a la cultura general que provienen de las universidades e institutos. Una amplia concertaci\u00f3n en torno a principios y metas habilitar\u00eda la superaci\u00f3n del car\u00e1cter pendular de las pol\u00edticas nacionales, entre las cuales se encuentra la educativa.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En cuanto a la autonom\u00eda definida como \u201cresponsable\u201d, deber\u00eda ser una garant\u00eda de continuidad conceptual y pol\u00edtico educativa, dado que vincula a la Universidad con el Estado y no estrictamente con el gobierno. En cuanto al cogobierno, es una instancia indispensable para sostener el car\u00e1cter democr\u00e1tico de la educaci\u00f3n, as\u00ed como de la relaci\u00f3n entre la Universidad y la sociedad. Por ello, debe encararse seriamente la formaci\u00f3n pol\u00edtica de los estudiantes, docentes, trabajadores no docentes y graduados.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Sobran las razones para sostener que la Argentina debe ser productora de conocimientos cient\u00edfico tecnol\u00f3gicos, de innovaciones productivas, formadora de investigadores, tecn\u00f3logos y artistas, educadora de ciudadanos en una perspectiva acorde a las grandes metas de crecimiento con justicia social y ambiental. Posibilidades de trabajo, educaci\u00f3n, cuidado de la salud, de un planeta habitable, dependen de la dif\u00edcil vinculaci\u00f3n entre ciencia, desarrollo tecnol\u00f3gico y \u00e9tica, entre conocimiento y democracia, entre poder, inteligencia y humanismo. En esa perspectiva, reconquistar y profundizar la soberan\u00eda educativa nacional y latinoamericana es una condici\u00f3n de existencia y un compromiso de nuestra comunidad universitaria.&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>(haz click aqui para desplegar la imagen) Adriana Puiggr\u00f3s Asesora presidencial\/Universidad de Buenos Aires&nbsp;\/Universidad Pedag\u00f3gica Nacional En una r\u00e1pida mirada de la historia de la educaci\u00f3n superior argentina sobresalen los siguientes hechos: La disociaci\u00f3n entre las instituciones no universitarias y las universidades, sellada en la segunda mitad del siglo XIX: las escuelas normales y las &#8230; <a title=\"Fundamentos democr\u00e1ticos de la educaci\u00f3n superior\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/2021\/10\/18\/fundamentos-democraticos-de-la-educacion-superior\/\" aria-label=\"Leer m\u00e1s sobre Fundamentos democr\u00e1ticos de la educaci\u00f3n superior\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[253,256],"tags":[291,287],"class_list":["post-2544","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-253","category-dossier-pensamiento-universitario-revista-numero-20","tag-adriana-puiggros","tag-reforma-les"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2544","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2544"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2544\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2970,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2544\/revisions\/2970"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2544"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2544"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2544"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}