{"id":2540,"date":"2021-10-17T19:02:38","date_gmt":"2021-10-17T19:02:38","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/?p=2540"},"modified":"2021-11-25T13:44:55","modified_gmt":"2021-11-25T13:44:55","slug":"la-evaluacion-y-la-ley-de-educacion-superior-entre-el-recelo-y-la-domesticacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/2021\/10\/17\/la-evaluacion-y-la-ley-de-educacion-superior-entre-el-recelo-y-la-domesticacion\/","title":{"rendered":"La evaluaci\u00f3n y la Ley de Educaci\u00f3n Superior: entre el recelo y la domesticaci\u00f3n."},"content":{"rendered":"\n<script>animacionTop=0;animacionH=772;animacionW=1280;<\/script><figure class=\"ilustracion-header\"><img decoding=\"async\" src=\"\/wp-content\/animaciones\/LeoSolaas-20\/a-sense-of-attraction-12_32204818712_o.jpg\" style=\"width:100vw; margin-top: 0vh; position: relative;\"><\/figure><div class=\"ilustracion-header-footer-text\" style=\"margin-bottom:20px\"><a href=\"#\" id=\"botDespliegue\">(haz click aqui para desplegar la imagen)<\/a><\/div>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p><strong><em>Carlos P\u00e9rez Rasetti<\/em><\/strong><\/p><cite>Universidad Nacional de la Patagonia Austral (UNPA)<\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>A diferencia de lo que pasaba durante los debates que se dieron en ocasi\u00f3n de la preparaci\u00f3n del borrador de la Ley de Educaci\u00f3n Superior 24.521, su discusi\u00f3n legislativa y su promulgaci\u00f3n en agosto de 1995, en la actualidad parece haber un consenso bastante extendido entre los integrantes de la comunidad universitaria respecto de la conveniencia de sostener la evaluaci\u00f3n y la acreditaci\u00f3n en una eventual reforma o renovaci\u00f3n de esta legislaci\u00f3n. No es el objeto de estas notas repasar en detalle aquellos cuestionamientos, pero recordemos apenas que este fue uno de los focos principales de la oposici\u00f3n a la nueva ley y que se cuestionaba el car\u00e1cter externo de las evaluaciones, la injerencia del Poder Pol\u00edtico (Congreso y Poder Ejecutivo) en la imposici\u00f3n de los procedimientos de evaluaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n, en la instrumentaci\u00f3n normativa y en la constituci\u00f3n de la CONEAU; tambi\u00e9n lo referido al r\u00e9gimen de t\u00edtulos de inter\u00e9s p\u00fablico que la LES establece en su art\u00edculo 43. El argumento principal para rechazar todas estas propuestas era la acusaci\u00f3n de que constitu\u00edan una limitaci\u00f3n a la autonom\u00eda universitaria (P\u00e9rez Rasetti, 2007) entendida como un valor en s\u00ed mismo, desconectada de la responsabilidad acerca de la misi\u00f3n de la universidad p\u00fablica en la sociedad.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Muchos de esos alegatos parec\u00edan responder a dos factores de \u00edndole pol\u00edtico. Por un lado, la desconfianza hacia el gobierno que impulsaba estos cambios en el marco de una reforma del Estado de corte evidentemente neoliberal, pro mercado y que impulsaba un achicamiento de la responsabilidad y el financiamiento estatal. Y por otro, un abroquelamiento corporativo que negaba al Estado y a los gobiernos cualquier tipo de legitimidad para interpelar a las universidades o sugerir alg\u00fan tipo de rendici\u00f3n de cuentas.&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Pero el tiempo ha pasado y la&nbsp; implementaci\u00f3n de la ley, que con raz\u00f3n Pedro Krotsch (2005) describi\u00f3 como un largo y complejo proceso de negociaci\u00f3n, las pol\u00edticas p\u00fablicas que se articularon con esos procesos de evaluaci\u00f3n y, especialmente, con los de acreditaci\u00f3n a partir de 2004 (Brotto, 2003; P\u00e9rez Rasetti, 2010 y 2013) fueron construyendo lo que podr\u00edamos llamar un consenso precario pero sostenido. Es decir, hay un consenso sobre de los procesos de evaluaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n vigentes, que incluso deben sostenerse, pero que no implica tomar distancia de distintos aspectos; una distancia que se expresa en se\u00f1alamientos cr\u00edticos que var\u00edan seg\u00fan los actores y los momentos, que se formalizan en ocasiones frente a eventos concretos en que tal o cual universidad o unidad acad\u00e9mica se ve afectada en alguna presentaci\u00f3n o se canaliza en \u00e1mbitos acad\u00e9micos o en discusiones en el CIN, el CRUP o en el propio Consejo de Universidades.<\/p>\n\n\n\n<p>Justamente el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN), ante los anuncios realizados por autoridades del gobierno en 2020 y tambi\u00e9n durante este a\u00f1o respecto de la intenci\u00f3n de impulsar la modificaci\u00f3n de la Ley de Educaci\u00f3n Superior, ha creado una subcomisi\u00f3n de Reforma de la Ley en el seno de su Comisi\u00f3n de Planeamiento. La subcomisi\u00f3n ha pedido opiniones a los rectores y ha producido varias reuniones de debate. Sobre los procesos de evaluaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n circularon planteos referidos a lo que se consideran aspectos positivos y que deben mantenerse y tambi\u00e9n a las modificaciones que se deber\u00edan efectuar.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Se considera positivo el r\u00e9gimen de evaluaci\u00f3n de la calidad y los procesos de evaluaci\u00f3n externa y de acreditaci\u00f3n de carreras de inter\u00e9s p\u00fablico y de posgrado; tambi\u00e9n que de hecho sea solamente la CONEAU la agencia habilitada para estas funciones (a pesar de que la LES permit\u00eda la habilitaci\u00f3n de agencias privadas). Como aspectos a mejorar se plantea que podr\u00eda haber otras agencias estatales para atender a distintas \u00e1reas de conocimiento; se se\u00f1ala tambi\u00e9n que hay falta de claridad en los criterios para definir las carreras de inter\u00e9s p\u00fablico alcanzadas por el art\u00edculo 43 de la LES. Existen tambi\u00e9n opiniones encontradas respecto de este punto, algunos proponen avanzar en la l\u00ednea que el CIN ha desarrollado, que contribuy\u00f3 a precisar la determinaci\u00f3n de las \u201cactividades exclusivamente reservadas a los t\u00edtulos\u201d y concentr\u00f3 la acreditaci\u00f3n en la evaluaci\u00f3n de la idoneidad para el ejercicio profesional, mientras que otros proponen extender la acreditaci\u00f3n a todas las carreras (incluyendo tambi\u00e9n a las del art\u00edculo 42), reemplazando el criterio de inter\u00e9s p\u00fablico o riesgo por prioridades peri\u00f3dicas de acreditaci\u00f3n por grupos o familias de carreras ya sean de grado o de pregrado, y con objetivos de mejoramiento apoyados por programas de financiamiento para las universidades p\u00fablicas. Tanto entre los que sostienen que debe mantenerse el r\u00e9gimen actual del art\u00edculo 43 como para los que se proponen ampliarlo, existen posturas favorables a continuar con la acreditaci\u00f3n obligatoria y otras que preferir\u00edan que este r\u00e9gimen fuera voluntario. Tambi\u00e9n se verifican algunas posturas aisladas respecto de la necesidad de impulsar la autoevaluaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n externa de la propia CONEAU y la menci\u00f3n de que deber\u00eda existir alg\u00fan tipo de evaluaci\u00f3n de la calidad y del desempe\u00f1o de los egresados en el ejercicio profesional que sirva de insumo para la acreditaci\u00f3n de las carreras.<\/p>\n\n\n\n<p>La introducci\u00f3n de los procesos de evaluaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n son una de las cuestiones m\u00e1s trascendentes incorporadas por la Ley de Educaci\u00f3n Superior y no hay matiz o defecto que opaque esta consideraci\u00f3n. Pero la experiencia y la reflexi\u00f3n de todos estos a\u00f1os permite considerar mejoras posibles en un contexto pol\u00edtico distinto al de 1995.<\/p>\n\n\n\n<p>Las circunstancias en las que se debati\u00f3 y aprob\u00f3 la Ley de Educaci\u00f3n Superior hizo que la introducci\u00f3n de la Evaluaci\u00f3n Institucional se planteara en el marco de un respeto por la autonom\u00eda excesivo quiz\u00e1s en lo declarativo, pero tambi\u00e9n enga\u00f1oso. El art\u00edculo 44 establece como criterio o est\u00e1ndar contra el que se realizar\u00e1 la evaluaci\u00f3n -siempre, evaluar es comparar- \u201clos objetivos definidos por cada instituci\u00f3n\u201d. La CONEAU precis\u00f3 este punto en los \u201cLineamientos\u201d (1998) interpretando que en la Evaluaci\u00f3n Externa \u201cse parte de las premisas b\u00e1sicas del respeto irrestricto tanto a la autonom\u00eda universitaria, como al proyecto institucional que cada instituci\u00f3n determine para s\u00ed\u201d. Este esquema de evaluaci\u00f3n de la calidad sin pertinencia resulta en la eventual declaraci\u00f3n de la infalibilidad de la autonom\u00eda. \u00bfPor qu\u00e9 debi\u00e9ramos asumir que siempre el Proyecto Institucional ser\u00e1 adecuado? La falta de referencias y la ambig\u00fcedad consiguiente hizo que la CONEAU aprobara en 2011 los \u201cCriterios y procedimientos para la Evaluaci\u00f3n Externa\u201d y el documento de \u201cLineamientos\u201d fue discretamente archivado. Se establecieron pautas para la evaluaci\u00f3n externa y tambi\u00e9n para las autoevaluaciones, se implement\u00f3 el SIEMI,<sup>1<\/sup> un sistema de recolecci\u00f3n de la informaci\u00f3n institucional que asegura que cada universidad tenga&nbsp; al menos a la vista una bater\u00eda de datos duros sobre su propia realidad. En 2014 se implement\u00f3 una Gu\u00eda para orientar el trabajo de los comit\u00e9s de pares evaluadores&nbsp; organizada mediante una serie de preguntas distribuidas en siete cap\u00edtulos denominados \u201cdimensiones\u201d. Las preguntas no pueden disimular demasiado su car\u00e1cter normativo ( virtuales \u201cest\u00e1ndares\u201d) ni&nbsp; su&nbsp; sutil apartamiento de lo establecido en el art\u00edculo 44 de la LES.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Pero ni siquiera estos dispositivos lograron que la evaluaci\u00f3n institucional consiguiera interpelar de una manera relevante a las comunidades universitarias y el desinter\u00e9s que Camou se\u00f1al\u00f3 (2007) sigue verific\u00e1ndose en la actualidad.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>La evaluaci\u00f3n institucional debe hacerse contra un est\u00e1ndar externo a la universidad, pero al mismo tiempo, no ajeno a cada una de ellas. Cada universidad se crea o se autoriza por una decisi\u00f3n pol\u00edtica que se basa en la funci\u00f3n social que se espera de la nueva instituci\u00f3n. Las universidades deben por lo tanto actualizar -poner en contexto hist\u00f3rico y social- ese mandato, desnaturalizar su raz\u00f3n de ser y realizar su autoevaluaci\u00f3n desde esa pertinencia. Por otra parte, es necesario vincular los resultados de las evaluaciones con la planificaci\u00f3n y el financiamiento de las instituciones tanto dotar de racionalidad a la asignaci\u00f3n de fondos a las universidades p\u00fablicas, como para incorporar bases de evidencia y prioridades concertadas entre el Estado y las instituciones en los planes de desarrollo.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En la acreditaci\u00f3n de carreras de grado es bastante evidente que \u201cel inter\u00e9s p\u00fablico y el riesgo para la salud, la seguridad, los derechos, los bienes o la formaci\u00f3n de los habitantes\u201d establecido como criterio para la inclusi\u00f3n de las carreras en el r\u00e9gimen del art\u00edculo 43\u00ba ha sido claramente rebasado por la voluntad pol\u00edtica del Consejo de Universidades y del Ministerio de Educaci\u00f3n. Esto ha provocado superposiciones de actividades reservadas y la subordinaci\u00f3n de algunas profesiones a las incluidas en el r\u00e9gimen de acreditaci\u00f3n. As\u00ed es que la inclusi\u00f3n de nuevas profesiones y carreras mantiene una din\u00e1mica constante y creciente, y m\u00e1s bien nos lleva a pensar que, de uno u otro modo, todas las carreras podr\u00edan terminar siendo&nbsp; abarcadas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Pero tambi\u00e9n se debe considerar que se produjo un cambio de sentido en las pol\u00edticas p\u00fablicas articuladas con la acreditaci\u00f3n de carreras. La implementaci\u00f3n a partir de 2004 del Programa de Calidad, implic\u00f3 un cambio de lugar del Estado respecto de la acreditaci\u00f3n. Pas\u00f3 de ocupar una posici\u00f3n de \u201ccalificaci\u00f3n de productos\u201d para el mercado a una posici\u00f3n comprometida con el mejoramiento de la calidad de las carreras acreditadas, mediante la colaboraci\u00f3n en el dise\u00f1o y financiamiento de los planes de mejora (P\u00e9rez Rasetti, 2010 y 2013).<\/p>\n\n\n\n<p>Ser\u00eda conveniente modificar las condiciones del art\u00edculo 43 de manera que la acreditaci\u00f3n fuera parte de una pol\u00edtica de Estado de mejoramiento de las carreras. Que la declaraci\u00f3n de inter\u00e9s p\u00fablico sea una decisi\u00f3n pol\u00edtica de ir asumiendo de manera progresiva y por etapas una planificaci\u00f3n de la evaluaci\u00f3n y el apoyo al mejoramiento de todas las carreras universitarias. La tarea del Consejo de Universidades ser\u00eda la de establecer una planificaci\u00f3n de la secuencia en que se desarrollar\u00e1n las acreditaciones de las distintas carreras y prever para cada instancia las normas a aplicar. La generalizaci\u00f3n de este proceso no deber\u00eda dejar de lado los avances logrados a instancias del CIN en cuanto a la acreditaci\u00f3n basada en la evaluaci\u00f3n de la idoneidad en la formaci\u00f3n de profesionales, pero deber\u00eda tambi\u00e9n asumir una evaluaci\u00f3n de calidad pertinente para las carreras de perfil acad\u00e9mico no estrictamente profesional. Esta acreditaci\u00f3n deber\u00eda ser una pol\u00edtica universal, obligatoria, incluso para las instituciones privadas que, m\u00e1s all\u00e1 de no recibir financiamiento del Estado, administran un bien p\u00fablico otorgando t\u00edtulos oficiales. La acreditaci\u00f3n voluntaria entrega al mercado la pol\u00edtica de calidad y termina estratificando las propuestas de formaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>BIBLIOGRAF\u00cdA<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Broto, A. (2003). El Programa de Fortalecimiento de las Carreras de Grado en J. C. Pugliese (Editor), <em>Pol\u00edticas de Estado para la Universidad Argentina. Balance de una gesti\u00f3n en el nuevo contexto nacional e internacional<\/em>. Secretar\u00eda de Pol\u00edticas Universitarias, Ministerio de Educaci\u00f3n, Ciencia y Tecnolog\u00eda. Buenos Aires.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Camou, A. (2007). Los juegos de la evaluaci\u00f3n universitaria en Argentina. Notas sobre interacciones conflictivas entre el Estado y la universidad, en P. Krotsch, A. Camou y M. Prati (coords.),&nbsp;<em>Evaluando la evaluaci\u00f3n: pol\u00edticas universitarias, instituciones y actores en Argentina y Am\u00e9rica Latina <\/em>(pp. 29-68)<em>.<\/em>&nbsp;Buenos Aires, Prometeo Libros.<\/p>\n\n\n\n<p>Krotsch, P. (2005). La evaluaci\u00f3n de la calidad en la Argentina: la necesidad de un an\u00e1lisis centrado en el poder y el conflicto. <em>Seminario Regional \u201cLas Nuevas Tendencias de la Evaluaci\u00f3n y Acreditaci\u00f3n en Am\u00e9rica Latina y el Caribe\u201d CONEAU-UNESCO-IESALC.<\/em> Buenos Aires, Argentina.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>P\u00e9rez Rasetti, C. (2007). Motivos para una reforma, en Ideas sobre la cuesti\u00f3n universitaria en M. M\u00e1rquina y G.&nbsp; Soprano (eds.), <em>Aportes de la RIEPESAL al debate sobre el nuevo marco legal para la Educaci\u00f3n Superior (pp. 89-106)<\/em>. Buenos Aires: Universidad Nacional de General Sarmiento.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>P\u00e9rez Rasetti, C. (2010). Evaluaci\u00f3n y Pol\u00edticas P\u00fablicas: los sentidos de la evaluaci\u00f3n. <em>Revista Gesti\u00f3n Universitaria,<\/em> <em>3<\/em>(1).<\/p>\n\n\n\n<p>P\u00e9rez Rasetti, C. (2013). Diagn\u00f3stico pol\u00edtico de la evaluaci\u00f3n y acreditaci\u00f3n en Argentina. <em>Linhas Cr\u00edticas, 19<\/em>(38), 89-108.&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><strong>NOTAS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><sup>1<\/sup>&nbsp;Sistema de Informaci\u00f3n para la Evaluaci\u00f3n y el Mejoramiento Institucional.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>(haz click aqui para desplegar la imagen) Carlos P\u00e9rez Rasetti Universidad Nacional de la Patagonia Austral (UNPA) A diferencia de lo que pasaba durante los debates que se dieron en ocasi\u00f3n de la preparaci\u00f3n del borrador de la Ley de Educaci\u00f3n Superior 24.521, su discusi\u00f3n legislativa y su promulgaci\u00f3n en agosto de 1995, en la &#8230; <a title=\"La evaluaci\u00f3n y la Ley de Educaci\u00f3n Superior: entre el recelo y la domesticaci\u00f3n.\" class=\"read-more\" href=\"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/2021\/10\/17\/la-evaluacion-y-la-ley-de-educacion-superior-entre-el-recelo-y-la-domesticacion\/\" aria-label=\"Leer m\u00e1s sobre La evaluaci\u00f3n y la Ley de Educaci\u00f3n Superior: entre el recelo y la domesticaci\u00f3n.\">Leer m\u00e1s<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[253,256],"tags":[290,152,287],"class_list":["post-2540","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-253","category-dossier-pensamiento-universitario-revista-numero-20","tag-carlos-perez-rasetti","tag-evaluacion","tag-reforma-les"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2540","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2540"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2540\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":2980,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2540\/revisions\/2980"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2540"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2540"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2540"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}