{"id":2522,"date":"2021-10-17T14:19:05","date_gmt":"2021-10-17T14:19:05","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/?p=2522"},"modified":"2021-11-25T13:45:00","modified_gmt":"2021-11-25T13:45:00","slug":"aportes-en-torno-de-un-nuevo-plexo-legal-para-la-universidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/2021\/10\/17\/aportes-en-torno-de-un-nuevo-plexo-legal-para-la-universidad\/","title":{"rendered":"Aportes en torno de un nuevo plexo legal para la Universidad"},"content":{"rendered":"\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p>Dora Barrancos<\/p><\/blockquote>\n\n\n\n<p>Repetimos a coro que es necesario realizar cambios en la Ley Universitaria vigente, y seguramente es una mayor\u00eda la que ya reclama esa circunstancia. Tarea dif\u00edcil que exige la participaci\u00f3n del conjunto de la comunidad universitaria, m\u00e1s all\u00e1 de la experticie que debe ponerse en juego para el dise\u00f1o apropiado del proyecto. Es probable que finalmente se obtenga ese preciado bien, un plexo que contenga lo m\u00e1s progresivo y lo m\u00e1s desafiante en t\u00e9rminos de democratizaci\u00f3n del gobierno y la gesti\u00f3n de las casas de altos estudios, apegado inexorablemente al principio secular de la autonom\u00eda. Pero la nueva norma debe exhibir cuestiones fundamentales como la renovaci\u00f3n obligatoria de los planes de estudios en tiempos determinados, la gratuidad del sistema de pos graduaci\u00f3n, la incorporaci\u00f3n de mecanismos de evaluaci\u00f3n integrales del desempe\u00f1o docente, la imposibilidad de reelecciones en cargos de gesti\u00f3n m\u00e1s all\u00e1 de cierto n\u00famero de ciclos, la representaci\u00f3n paritaria sexo-gen\u00e9rica en los \u00f3rganos de gobierno y en los cuadros docentes, la obligaci\u00f3n de establecer protocolos contra la violencia de g\u00e9nero y un sistema de observaci\u00f3n y seguimiento para evitarla. En fin, estos enunciados constituyen apenas un pinzamiento de cuestiones que, desde luego, son motivos de preocupaci\u00f3n de quien suscribe. Me detendr\u00e9 en algunos de esos asuntos.<\/p>\n\n\n\n<p>Preocupa la larga estabilidad que tienen los programas de estudio. Desde luego no me escapa que hay disimilitudes entre las carreras de una misma Facultad o Escuela, pero se constata el dominio de una suerte de \u201carbitrariedad temporal\u201d toda vez que los criterios acerca de la vigencia de los programas son aleatorios, o no se cumplen o simplemente no existen. El sistema tiende a proteger la estabilidad de quienes han alcanzado la titularidad, y es una medida fundamental porque est\u00e1 basada en derechos que no pueden vulnerarse a menos que se interpongan severas inconductas que deben ser debidamente analizadas, y eventualmente sancionadas. Pero la estabilidad de quienes est\u00e1n al frente de c\u00e1tedras no puede confundirse con la larga prolongaci\u00f3n del programa que est\u00e1 a su cargo. Conozco experiencias de ense\u00f1anza\/aprendizaje en nuestra vida universitaria que tienen anclaje en programas que datan de la d\u00e9cada 1980\u2026Creo que faltan investigaciones acerca\u00a0 de la \u201clongue dur\u00e9e\u201d -parafraseando a la Escuela de los Anales francesa\u2013 de los programas en vigencia en el sistema universitario. Preocupa en cualquier caso la sedimentaci\u00f3n estancada, cierta esclerosis bibliogr\u00e1fica que s\u00f3lo puede espejar la incuria facilitada por la falta de exigencia de actualizaci\u00f3n t\u00f3pica y la consiguiente bibliogr\u00e1fica. Asistimos a una producci\u00f3n del conocimiento que se asemeja a una vor\u00e1gine, y por supuesto no se trata s\u00f3lo de la mir\u00edada de aportes internacionales relevantes, sino de la fecunda contribuci\u00f3n que se produce en nuestro pa\u00eds en todas las \u00e1reas del conocimiento. La calidad de los trabajos cient\u00edficos se ha incrementado notablemente aunque no faltan las voces discrepantes, sobre todo algunas que se expresaron en el ciclo 2016-2019, cuando casi se detuvo la dotaci\u00f3n de recursos financieros para el sector cient\u00edfico y tecnol\u00f3gico y hasta se elimin\u00f3 el Ministerio \u201cad hoc\u201d volvi\u00e9ndolo al viejo status de Secretar\u00eda. Hubo entonces una discusi\u00f3n acerca de los lugares de publicaci\u00f3n de los <em>papers<\/em> elaborados en nuestro pa\u00eds, y aunque no dudo de que sus caracter\u00edsticas son un indicador importante, el perfil del medio donde se publica no debe ser el \u00fanico factor de evaluaci\u00f3n. Hace tiempo que en el mundo se discuten los sesgos y las arbitrariedades que constituyen los reservorios bibliogr\u00e1ficos determinantes de las asignaciones de valor, que se traducen como \u201cfactor de impacto\u201d.<sup>1<\/sup> Fuera de esas diatribas, resulta incontestable el aumento de la producci\u00f3n y de la calidad debida en buena parte al desarrollo de los ciclos de posgrado y a la elaboraci\u00f3n de tesis doctorales. Sin embargo, arriesgo la hip\u00f3tesis de la escasa captaci\u00f3n de esa enorme cantera renovadora de conocimientos en los planes de estudios de nuestras universidades. Poseo mayor referencia de lo que ocurre en las instituciones acad\u00e9micas formadoras en el \u00e1rea de las disciplinas sociales y las humanidades, y sorprende la escasa disposici\u00f3n para incorporar los nuevos problemas y los nuevos puntos de vista en los programas de las materias de esa formaci\u00f3n. \u00bfPor qu\u00e9 no exigir por ley su renovaci\u00f3n obligatoria? \u00bfEn nombre de qu\u00e9 autonom\u00eda deber\u00eda haber oposici\u00f3n a una medida tan esencial como esta, que se basa en el derecho tambi\u00e9n fundamental de adquirir conocimiento actualizado? En fin, debe haber acuerdos para el tiempo de vigencia de los programas y su renovaci\u00f3n. Retomar\u00e9 m\u00e1s adelante el significado que alcanza la transversalizaci\u00f3n de los t\u00f3picos y problemas relacionados con la perspectiva de g\u00e9nero en la malla curricular de todas las disciplinas.<\/p>\n\n\n\n<p>Tambi\u00e9n es un imperativo democr\u00e1tico la renovaci\u00f3n de las autoridades universitarias y de los cuadros de gesti\u00f3n. Seguramente este es un punto m\u00e1s \u00e1lgido porque se dir\u00e1 que es absoluta competencia de las casas de altos estudios, bajo la \u00e9gida de la autonom\u00eda, disponer como se quiera respecto de la temporalidad de las funciones rectoriales y los correspondientes cargos subalternos de conducci\u00f3n. En buena cantidad de casos ni siquiera se necesita del instituto de la asamblea para modificar los t\u00e9rminos estatutarios relacionados con la reelecci\u00f3n de quienes ejercen el rectorado. Pero ser\u00eda deseable acuerdos relacionados con la rotaci\u00f3n, y deber\u00edan esperarse orientaciones definitorias en la pr\u00f3xima ley universitaria. Aunque no basta con la periodizaci\u00f3n del ejercicio de las funciones de gobierno, puesto que es absolutamente imprescindible la paridad representacional en todos los \u00f3rganos. Si la fuerza ejercida por alumnas, profesoras y administrativas ha tenido algunos efectos en algunas de nuestras universidades, y se han manifestado cambios con admisibilidad de cuotas de g\u00e9nero, es impostergable la exigencia normativa para que ocurra la participaci\u00f3n igualitaria en todas las funciones de mando y en los \u00f3rganos de deliberaci\u00f3n. De la misma manera que deben procurarse los mecanismos que tornen paritaria la obtenci\u00f3n de los cargos en la docencia, lo que no significa desmedro de los m\u00e9ritos acad\u00e9micos, sino formas regulatorias para garantizar la equidad tal como surge de la experiencia de algunos pa\u00edses. La Ley que esperamos debe ser expl\u00edcita en estas formulaciones.<\/p>\n\n\n\n<p>Me detendr\u00e9 especialmente en la anuencia inexcusable, a esta altura de la consagraci\u00f3n de derechos de las mujeres y las identidades disidentes, que debe exhibir la estructura curricular del sistema universitario. Debe quedar atr\u00e1s la incorporaci\u00f3n tangencial de la perspectiva de g\u00e9nero para ubicarla en todos los contenidos disciplinares. Desde la d\u00e9cada de 1990 los estudios feministas ingresaron, aunque t\u00edmidamente, a nuestras universidades bajo diversos r\u00f3tulos, y de modo creciente se expandieron como <em>estudios de g\u00e9nero<\/em> concernientes a n\u00facleos ad hoc, a menudo perif\u00e9ricos y con limitadas posibilidades de ejercer influencia decisiva para la transformar los puntos de vista de la \u201cciencia al uso\u201d trajinada en las aulas. Pero en los \u00faltimos a\u00f1os y gracias a la visibilidad obtenida por las luchas feministas, a la exigencia de reconocimiento, a los derechos conquistados no s\u00f3lo por las mujeres sino por las diversidades socio-sexuales, al enorme empe\u00f1o por la producci\u00f3n original de conocimiento, se asiste a una inundaci\u00f3n de contenidos que no pueden soslayarse. No obstante, todav\u00eda no se ha logrado una decisiva incorporaci\u00f3n de los t\u00f3picos que constituyen la oferta de la formaci\u00f3n de grado, pues persiste el hecho de que la propuesta program\u00e1tica innovadora ocurra en el ciclo de posgraduaci\u00f3n, donde se han multiplicado las especializaciones y las maestr\u00edas correspondientes de modo diverso a la perspectiva de g\u00e9nero. Hay al menos dos doctorados en las Universidades p\u00fablicas, y toda esta propuesta da cuenta de la vor\u00e1gine de las transformaciones aunque, insisto, esa ola no ha significado una intersecci\u00f3n regular en los planes de estudio. Estoy segura de que ha habido un reavivamiento a prop\u00f3sito de la capacitaci\u00f3n obligatoria demandada por la Ley Micaela, que se han podido conmover los blindajes m\u00e1s resistentes y que en todas las experiencias formativas que suscita \u2013y que deben continuar sin soluci\u00f3n de continuidad-, se provocan desmoronamientos en la ciudadela patriarcal. Pero falta mucho para que todos esos trastocamientos se conviertan en cambios curriculares. Hay que obtener una Ley que asegure la observaci\u00f3n de los derechos humanos plegada a las garant\u00edas constitucionales y a las normas legales ganadas en nuestro pa\u00eds en materia de ciudadan\u00eda completa para las mujeres, las personas <em>trans<\/em> y todas las identidades sexo gen\u00e9ricas. La perspectiva de g\u00e9nero no es un a\u00f1adido, una l\u00ednea adicional a un programa, un remiendo para consentir con lo pol\u00edticamente correcto. Cada reestructuraci\u00f3n program\u00e1tica debe reflexionar en c\u00f3mo articular de modo vertebral esa perspectiva y, aunque signifique un desaf\u00edo arduo, hay que empe\u00f1arse en obtener f\u00f3rmulas reveladoras de erradicaci\u00f3n de las \u00f3pticas patriarcales.<\/p>\n\n\n\n<p>Finalmente, una nueva Ley debe plantear de modo claro y preciso la obligaci\u00f3n que tiene el sistema universitario para cumplir con el compromiso de extinguir las diversas formas de violencias de g\u00e9nero. Debe basarse en la experiencia que ya lleva algunos a\u00f1os, y que tuvo como protagonista central a la Red contra las Violencias -surgida en septiembre de 2015\u2013 gracias al empe\u00f1o de mujeres de todos los claustros y \u00e1mbitos de desempe\u00f1o administrativo. Tal fue el germen de lo que m\u00e1s tarde resultara consagrado por el CIN como RUGE \u2013Red Interuniversitaria por la Igualdad de G\u00e9nero y contras las Violencias-, que lleva adelante una tarea singular de investigaci\u00f3n, formaci\u00f3n y orientaci\u00f3n en materia de dispositivos para cumplir con sus objetivos, entre los cuales apuntalar los protocolos de actuaci\u00f3n, ampliarlos y extenderlos a todas las comunidades universitarias. Debe pensarse en que esta iniciativa pionera en Am\u00e9rica Latina tiene un significado trascendental, y deber\u00eda plasmarse en el corpus de la Ley que deseamos para regir la vida de nuestro sistema universitario.\u00a0<\/p>\n\n\n\n<p>Estas son algunas ideas que deber\u00edan ser absorbidas por las iniciativas que se plantean una nueva Ley universitaria en nuestro suelo. He escogido apenas un peque\u00f1o manojo de problemas, pero estoy convencida de que se trata de cuestiones de enorme proyecci\u00f3n para la renovaci\u00f3n y la democratizaci\u00f3n de la vida universitaria.<\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p><strong>NOTAS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><sup>1<\/sup> Ver espacialmente las discusiones del n\u00facleo de San Francisco, <em>Declaration of Research Assesment (DORA)<\/em>.\u00a0<a href=\"http:\/\/am.ascb.org\/dora\/\">http:\/\/am.ascb.org\/dora<\/a><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Dora Barrancos Repetimos a coro que es necesario realizar cambios en la Ley Universitaria vigente, y seguramente es una mayor\u00eda la que ya reclama esa circunstancia. Tarea dif\u00edcil que exige la participaci\u00f3n del conjunto de la comunidad universitaria, m\u00e1s all\u00e1 de la experticie que debe ponerse en juego para el dise\u00f1o apropiado del proyecto. 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