{"id":2528,"date":"2021-10-17T15:11:53","date_gmt":"2021-10-17T15:11:53","guid":{"rendered":"https:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/?p=2528"},"modified":"2021-11-25T13:44:58","modified_gmt":"2021-11-25T13:44:58","slug":"ampliacion-de-oportunidades-en-la-universidad-e-incorporacion-de-la-diversidad-aristas-de-un-problema-complejo","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/www.pensamientouniversitario.com.ar\/index.php\/2021\/10\/17\/ampliacion-de-oportunidades-en-la-universidad-e-incorporacion-de-la-diversidad-aristas-de-un-problema-complejo\/","title":{"rendered":"Ampliaci\u00f3n de oportunidades en la universidad e incorporaci\u00f3n de la diversidad: aristas de un problema complejo"},"content":{"rendered":"\n<script>animacionTop=0;animacionH=772;animacionW=1280;<\/script><figure class=\"ilustracion-header\"><img decoding=\"async\" src=\"\/wp-content\/animaciones\/LeoSolaas-20\/a-sense-of-attraction-06_31512559304_o.jpg\" style=\"width:100vw; margin-top: 0vh; position: relative;\"><\/figure><div class=\"ilustracion-header-footer-text\" style=\"margin-bottom:20px\"><a href=\"#\" id=\"botDespliegue\">(haz click aqui para desplegar la imagen)<\/a><\/div>\n\n\n\n<blockquote class=\"wp-block-quote is-layout-flow wp-block-quote-is-layout-flow\"><p><em><strong>Adriana Chiroleu<\/strong><\/em><\/p><cite><em>Universidad Nacional de Rosario<\/em> (UNR)<\/cite><\/blockquote>\n\n\n\n<p>La expansi\u00f3n de oportunidades en la educaci\u00f3n superior recorri\u00f3 una extensa par\u00e1bola desde la tradicional concepci\u00f3n que entend\u00eda a este tipo de estudios como privilegio de una \u00e9lite social e intelectual, a su actual reconocimiento como un derecho humano. As\u00ed como el tr\u00e1nsito entre una y otra posici\u00f3n no estuvo exento de marchas y contramarchas, el derecho a la educaci\u00f3n superior, consagrado ya en la Conferencia Regional de la Educaci\u00f3n Superior (CRES) de Cartagena de Indias en 2008 e incluido como principio en la Ley de Educaci\u00f3n Superior (LES) a trav\u00e9s de la reforma de 2015, a\u00fan constituye un objetivo a alcanzar. En tal sentido, este verdadero cambio de paradigma est\u00e1 lejos de ser aceptado y acompa\u00f1ado por las diversas vertientes pol\u00edtico-ideol\u00f3gicas, motivo por el cual no ha podido constituirse a\u00fan en una pol\u00edtica de Estado; prima adem\u00e1s todav\u00eda una concepci\u00f3n ret\u00f3rica y formal que hace indispensable la b\u00fasqueda de caminos alternativos para poder avanzar en su concreci\u00f3n. En este derrotero, la nueva LES podr\u00eda efectuar un importante aporte brindando un marco general que permita encuadrar y legitimar la ampliaci\u00f3n de la cobertura y la incorporaci\u00f3n de la diversidad social a los claustros, reconociendo simult\u00e1neamente el principio de justicia que la sustenta.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfE<em>xpansi\u00f3n de oportunidades con incorporaci\u00f3n de la diversidad social?&nbsp;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Desde la perspectiva del Estado, la generaci\u00f3n de oportunidades en el tercer nivel educativo puede constituir una pol\u00edtica accesible y oportuna tanto para aliviar presiones sociales y aumentar la cohesi\u00f3n y la participaci\u00f3n social como para generar personal calificado que atienda los requerimientos de la modernizaci\u00f3n de la econom\u00eda nacional y favorezca el desarrollo regional.<\/p>\n\n\n\n<p>La sociedad por su parte demanda estudios superiores desde planos diversos dentro de los cuales, m\u00e1s all\u00e1 de preferencias personales o cuestiones vocacionales, prima una asociaci\u00f3n cuasi lineal con la posibilidad por esta v\u00eda de obtener movilidad social ascendente, las mayores tasas de retorno del trabajo profesional y la menor desocupaci\u00f3n de los graduados. Aunque estos procesos no son autom\u00e1ticos y han mostrado comportamientos singulares en los \u00faltimos a\u00f1os, la educaci\u00f3n superior sigue siendo adem\u00e1s considerada como una forma de atenuar los efectos desigualadores que pudieran derivar del origen social, la condici\u00f3n \u00e9tnica, el g\u00e9nero o la complexi\u00f3n f\u00edsica. Constituir\u00eda, en t\u00e9rminos de Poullaouec (2006), el \u201carma de los d\u00e9biles\u201d, esto es una v\u00eda asequible para reducir discriminaciones y reparar asimetr\u00edas.<\/p>\n\n\n\n<p>La sociolog\u00eda francesa ha ahondado, sin embargo, en el an\u00e1lisis de los posibles efectos \u201cperversos\u201d que podr\u00eda acarrear un crecimiento continuo de las oportunidades que no tuviera como correlato tanto una expansi\u00f3n acorde de la econom\u00eda y el mercado de trabajo como la adecuaci\u00f3n del sistema educativo. En tal situaci\u00f3n, se sostiene, operar\u00eda una devaluaci\u00f3n de los diplomas que no har\u00eda sino profundizar el peso del capital social (y por ende del origen sociocultural), como elemento definitorio de la inserci\u00f3n educativa y ocupacional.&nbsp;&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Esta situaci\u00f3n introduce mayor complejidad en las pol\u00edticas p\u00fablicas que no pueden agotarse en generar m\u00e1s posibilidades de acceso y graduaci\u00f3n para sectores sociales desfavorecidos, sino que deber\u00edan avanzar adem\u00e1s en la consideraci\u00f3n de la incidencia de otras variables en la articulaci\u00f3n entre educaci\u00f3n superior y mercado de trabajo a los efectos de no ampliar las desigualdades ya existentes.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>Por otra parte, en t\u00e9rminos conceptuales, el acceso al tercer nivel educativo puede encuadrarse por medio de tres conceptos de diverso alcance que comparten una carga positiva, pero iluminan distintas facetas de la ampliaci\u00f3n de oportunidades en la educaci\u00f3n superior. Estos son equidad, inclusi\u00f3n y democratizaci\u00f3n. Aunque utilizados frecuentemente como sin\u00f3nimos, ese \u201calargamiento conceptual\u201d tiende frecuentemente a invisibilizar algunas de las dificultades que entra\u00f1a el proceso expansivo y la incorporaci\u00f3n de grupos diversos.<\/p>\n\n\n\n<p>La <em>equidad<\/em> parte del reconocimiento de las diferencias que existen dentro de la sociedad y se propone dar un trato especial a quienes est\u00e9n en desventaja o sean\/hayan sido discriminados. En t\u00e9rminos de Fitoussi y Rosanvallon (1996), constituye la b\u00fasqueda de la igualdad a partir del reconocimiento de la diversidad. La <em>inclusi\u00f3n<\/em>, por su parte, tambi\u00e9n focaliza en la incorporaci\u00f3n de la diversidad para alcanzar dentro de las instituciones una representaci\u00f3n social, racial, cultural y sexual semejante a la que existe en el seno de la sociedad. Para lograrlo, se requieren condiciones que garanticen no s\u00f3lo el acceso sino la permanencia y el egreso de estos grupos sociales, produciendo las transformaciones institucionales necesarias para que puedan obtener resultados equitativos en un contexto de preservaci\u00f3n de la calidad acad\u00e9mica.<\/p>\n\n\n\n<p>En lo que respecta a la <em>democratizaci\u00f3n<\/em>, \u00e9sta es una empresa que est\u00e1 sujeta a marchas y contramarchas pero que, en s\u00ed misma, no tiene punto de llegada pues incorpora permanentemente nuevas tareas en la medida en que mutan las aspiraciones sociales expresando la sensibilidad y los valores cambiantes de la sociedad. Este concepto se asocia al aumento de la representaci\u00f3n social en las instituciones, el cual puede darse en t\u00e9rminos de distribuci\u00f3n del bien educativo como un fin en s\u00ed mismo o generando condiciones para alcanzar por esta v\u00eda la reducci\u00f3n del nexo entre or\u00edgenes sociales y destino escolar.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p><em>\u00bfQu\u00e9 diversidad y c\u00f3mo favorecer su incorporaci\u00f3n?&nbsp;<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>La construcci\u00f3n del Estado Naci\u00f3n en nuestro pa\u00eds se efectu\u00f3 privilegiando la mirada euroc\u00e9ntrica y condenando a una desvalorizaci\u00f3n sistem\u00e1tica a las culturas propias de los pueblos originarios y afrodescendientes. Prim\u00f3 sobre todo la idea de \u00e9poca que s\u00f3lo sociedades homog\u00e9neas pod\u00edan ser exitosas, lo que supuso la negaci\u00f3n de la diversidad y la necesidad de invisibilizarla, ya sea a trav\u00e9s de su sometimiento, su exterminio, su negaci\u00f3n o ahogando el valor de la diferencia por medio de la discriminaci\u00f3n. El resultado fue la acentuaci\u00f3n de la subordinaci\u00f3n de estos grupos y el rechazo de los aportes a una convivencia sana que implica el reconocimiento de la diferencia.<\/p>\n\n\n\n<p>Otros colectivos no tuvieron mejor suerte en la medida en que primaba, especialmente en el \u00e1mbito universitario, la figura del var\u00f3n, blanco, urbano y de clase media. La lucha de los que no entraban en estas categor\u00edas descriptivas -hist\u00f3ricamente relegados y discriminados- condujo a partir de fines del siglo pasado, a una mayor apertura hacia el reconocimiento de la diversidad en sus varios planos y la paulatina expansi\u00f3n de su reconocimiento y de sus derechos.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En tal sentido, en la nueva LES ser\u00eda oportuno y conveniente reconocer esta trayectoria y avanzar, al menos, en garantizar algunas cuestiones puntuales que, aunque no agoten el repertorio de la diversidad a incorporar a futuro en las instituciones, denoten el sentido progresivo de los cambios:&nbsp;&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>1- Mecanismos para garantizar la ampliaci\u00f3n de oportunidades de grupos sociales desfavorecidos: estos mecanismos han sido, sobre todo, el ingreso directo \/ irrestricto, la gratuidad y la ayuda econ\u00f3mica bajo la forma de becas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>La LES, a trav\u00e9s de las modificaciones introducidas en 2015, garantiza el ingreso libre e irrestricto luego de la aprobaci\u00f3n del nivel secundario y bajo circunstancias especiales la de los mayores de 25 a\u00f1os que no cumplan con ese requisito. Asimismo, establece que las instituciones complementar\u00e1n el ingreso con procesos de nivelaci\u00f3n y orientaci\u00f3n que no deben tener \u201ccar\u00e1cter selectivo excluyente o discriminador\u201d (art. 7). Por su parte la gratuidad est\u00e1 garantizada por el art\u00edculo 2 bis y el art\u00edculo 2, inciso b se\u00f1ala que el Estado deber\u00e1 proveer en las instituciones de gesti\u00f3n estatal \u201cbecas, condiciones adecuadas de infraestructura y recursos tecnol\u00f3gicos apropiados para todas aquellas personas que sufran carencias econ\u00f3micas verificables\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Estos mecanismos siendo muy necesarios no son, sin embargo, suficientes para garantizar logros educativos equitativos para grupos sociales desfavorecidos. En tal sentido, los principios de equidad e inclusi\u00f3n reclaman un tratamiento desigual y una adecuaci\u00f3n de las instituciones para aumentar las posibilidades de estos estudiantes de efectuar aprendizajes significativos y coronar con la graduaci\u00f3n su pasaje por instituciones de calidad.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto no supone desconocer que el sector universitario es la culminaci\u00f3n de una serie de exclusiones que operan en los niveles anteriores y que la heterogeneidad social y de la calidad de los trayectos formativos- que es el rasgo que prima en los graduados del nivel medio-, constituye un punto de partida ineludible para pensar la articulaci\u00f3n de los niveles educativos. Esta situaci\u00f3n se ha profundizado a partir de 2020 como consecuencia de los efectos generados por la pandemia de Covid 19.<\/p>\n\n\n\n<p>2- En materia de inclusi\u00f3n de pueblos originarios y afrodescendientes, la LES a\u00fan vigente s\u00f3lo hace una menci\u00f3n muy tangencial relativa a promover los \u201cprocesos multiculturales e interculturales\u201d (Art. 2, inciso c). La reforma deber\u00eda incluir expresamente esta tem\u00e1tica como una forma de jerarquizarla, reconocer y garantizar para estos colectivos el derecho humano a la educaci\u00f3n superior a trav\u00e9s de la generaci\u00f3n de condiciones integrales para su concreci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto ir\u00eda en consonancia con lo establecido por la CRES \/ 2018 que recomend\u00f3 interculturalizar la educaci\u00f3n superior en procura de erradicar el racismo, garantizar los derechos educativos de grupos de poblaci\u00f3n hist\u00f3ricamente discriminados, incorporar sus cosmovisiones, lenguas, sistemas de conocimiento y formas de aprendizaje y reconocer sus instituciones de educaci\u00f3n superior propias.<\/p>\n\n\n\n<p>Para operar con eficacia sobre la discriminaci\u00f3n en la educaci\u00f3n superior los procesos de interculturalizaci\u00f3n de doble v\u00eda, es decir la sensibilizaci\u00f3n con respecto a la problem\u00e1tica \u00e9tnico-racial de <em>todos<\/em> los estudiantes, constituyen un mecanismo id\u00f3neo para revalorizar la cultura, las formas de interpretar la realidad, las cosmovisiones del mundo, las formas de producir y de transmitir los saberes y los sistemas de conocimiento de pueblos originarios y afrodescendientes. Pueden constituirse tambi\u00e9n en una forma de promover la convivencia y morigerar los efectos de siglos de negaci\u00f3n y subordinaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p>3- Con relaci\u00f3n a la tem\u00e1tica de g\u00e9nero, el art. 2, inciso c se\u00f1ala el \u201creconocimiento igualitario de las diversas identidades de g\u00e9nero\u201d. Una vez m\u00e1s esto no se alcanzar\u00e1 a trav\u00e9s de la mera expresi\u00f3n de deseos sino por medio de la concientizaci\u00f3n sobre la discriminaci\u00f3n experimentada por mujeres y disidentes sexuales, primero en el propio seno de las instituciones y su participaci\u00f3n en los \u00f3rganos de gobierno, y luego en las desiguales posibilidades de inserci\u00f3n en el mercado de trabajo.<\/p>\n\n\n\n<p>4- La tem\u00e1tica de discapacidad por su parte mereci\u00f3 una inclusi\u00f3n expresa en la LES a trav\u00e9s de su modificaci\u00f3n de 2002. Es as\u00ed como la problem\u00e1tica es recogida por el art. 2, inciso d que ordena \u201cestablecer las medidas necesarias para equiparar las oportunidades y posibilidades de las personas con discapacidades permanentes o temporarias\u201d. Otros art\u00edculos, como el 13, inciso f, el 28, inciso a y el 29, inciso e, garantizan para estas personas los servicios de interpretaci\u00f3n y los apoyos t\u00e9cnicos durante las evaluaciones, la formaci\u00f3n de profesionales sensibilizados con la tem\u00e1tica y el desarrollo de planes de estudio, de investigaci\u00f3n y de extensi\u00f3n a la comunidad que incluyan capacitaci\u00f3n sobre la problem\u00e1tica de la discapacidad.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>En este caso, si bien la tem\u00e1tica ya ha sido incorporada a la LES, ser\u00eda conveniente que, m\u00e1s all\u00e1 de la provisi\u00f3n de los dispositivos necesarios para favorecer la inclusi\u00f3n de estudiantes con distintas formas de discapacidad, se generaran tambi\u00e9n sobre este tema procesos de sensibilizaci\u00f3n de estudiantes y docentes con relaci\u00f3n a esta problem\u00e1tica.<\/p>\n\n\n\n<p><em>\u00bfModificar la LES es suficiente?<\/em><\/p>\n\n\n\n<p>Coincidimos con T\u00fcnnerman (2010) en que, si bien el paradigma de la educaci\u00f3n superior como derecho humano se incorpor\u00f3 ya al discurso pol\u00edtico e institucional de la regi\u00f3n, en la pr\u00e1ctica a\u00fan no fue asumido plenamente ni se avanz\u00f3 de forma concreta en su aplicaci\u00f3n efectiva. En tal sentido, si bien en las \u00faltimas d\u00e9cadas se han generado avances en t\u00e9rminos de reconocimiento de la diversidad y de sus derechos en la educaci\u00f3n superior, esto ha operado especialmente en el plano ret\u00f3rico en el cual la tem\u00e1tica pas\u00f3 a engrosar el acervo de lo \u201cpol\u00edticamente correcto\u201d. Se han generado, asimismo \u2013aunque con una intensidad menor- pol\u00edticas p\u00fablicas e institucionales para su aplicaci\u00f3n; la tem\u00e1tica, sin embargo, est\u00e1 lejos de permear al sistema y avanzar hacia la consecuci\u00f3n de las metas.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto ha impedido la emergencia de pol\u00edticas de Estado sobre la tem\u00e1tica que faciliten una planificaci\u00f3n a mediano t\u00e9rmino y vayan consolidando avances progresivos en la materia. En tal sentido, la posibilidad de jerarquizar esta problem\u00e1tica incorpor\u00e1ndola expl\u00edcitamente en la reforma de la LES abre nuevas perspectivas. Pues, aun teniendo en cuenta que la normativa no cambia por s\u00ed misma la realidad, puede generar condiciones para avanzar en esa direcci\u00f3n. Esto no se dar\u00e1 de manera espont\u00e1nea, sino que ser\u00e1 necesario contar con una pol\u00edtica integral de educaci\u00f3n superior que estimule a trav\u00e9s de instrumentos <em>ad hoc<\/em> los cambios a nivel de las instituciones y los subsistemas.<\/p>\n\n\n\n<p>Desde la perspectiva de las instituciones, una renovaci\u00f3n profunda a partir del reconocimiento de la heterogeneidad estudiantil como punto articulador de su funcionamiento y organizaci\u00f3n constituye tambi\u00e9n un factor ineludible para dimensionar la complejidad del desaf\u00edo a encarar.<\/p>\n\n\n\n<p><strong>REFERENCIAS BIBLIOGRAFICAS<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p>Fitoussi, J. y Rosanvallon, P. (1996). <em>La nueva era de las desigualdades<\/em>. Buenos Aires: Manantial.<\/p>\n\n\n\n<p>Poullaouec, T. (2006). Le Dipl\u00f4me, l\u2019arme des plus faibles. <em>Revue du Mauss<\/em>, 28.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>T\u00fcnnermann Bernheim, C. (2010). Las conferencias regionales y mundiales sobre educaci\u00f3n superior de la UNESCO y su impacto en la educaci\u00f3n superior de Am\u00e9rica Latina en <em>Revista Universidades<\/em>, vol. LX (47), pp. 31-46.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>(haz click aqui para desplegar la imagen) Adriana Chiroleu Universidad Nacional de Rosario (UNR) La expansi\u00f3n de oportunidades en la educaci\u00f3n superior recorri\u00f3 una extensa par\u00e1bola desde la tradicional concepci\u00f3n que entend\u00eda a este tipo de estudios como privilegio de una \u00e9lite social e intelectual, a su actual reconocimiento como un derecho humano. 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